SE da a conocer los cupos para importar productos textiles y calzado originarios de la Comunidad Europea

- jueves, 25 de octubre de 2007 -

Diariooficial.segob.gob.mx
23 de octubre de 2007.

México.


ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS CUPOS PARA IMPORTAR A LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, CIERTOS PRODUCTOS TEXTILES Y CALZADO ORIGINARIOS DE LA COMUNIDAD EUROPEA

ARTICULO PRIMERO.- Los cupos para importar, con la concesión arancelaria establecida en el anexo II (Calendario de Desgravación de México) de la Decisión, para ciertos productos textiles y calzado originarios de la Comunidad Europea, que cumplen la norma de origen establecida en los apéndices II y II (a) del anexo III de la Decisión, durante el periodo 1 de enero al 31 de diciembre de cada año, son los que se determinan a continuación:

Partidas arancelarias Descripción indicativa Cupo
5208 a 5212 Tejidos de algodón. 2000,000 metros cuadrados.
5407 a 5408 Tejidos de hilados de filamentos sintéticos o artificiales. 3500,000 metros cuadrados.
5512 a 5516 Tejidos de fibras sintéticas o artificiales discontinuas. 2000,000 metros cuadrados.
5801

5806

5811

Terciopelo y felpa, tejidos de chenilla, cintas y productos textiles acolchados en pieza. 500,000 metros cuadrados.1/
6402 Calzado con suela y parte superior de caucho o plástico. 120,000 pares de calzado.
6403 Calzado con suela de caucho, plástico, cuero natural o regenerado y parte superior de cuero natural. 625,000 pares de calzado siempre que cuenten con un precio factura de importación CIF superior a veinte dólares americanos por par, con los siguientes sublímites:

250,000 pares de calzado para mujer.

250,000 pares de calzado para hombre.

125,000 pares de calzado para niño/a.

6404 Calzado con suela de caucho, plástico, cuero natural o regenerado y parte superior de materia textil. 120,000 pares de calzado.

1/ En el caso de importaciones bajo la partida 5806, el monto en metros cuadrados concesionado será convertido a unidades de peso, con un factor de conversión de 9.5 metros cuadrados por kilogramo, de tal manera que cada 100 metros cuadrados concesionados equivalgan a un beneficio para 10.526 kilogramos de producto importado.

(...)


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