Primera modificación a las reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior.

- lunes, 3 de septiembre de 2007 -

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3 de septembre de 21007.

México.

(Notimex).- La Secretaría de Economía (SE) publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación la primera modificación al acuerdo por el cual emite las reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior.

Entre los agregados destacan los relacionados a diversos aspectos administrativos relativos a la industria manufecturera, maquiladora y de servicios de exportación (IMMEX).


Así, la dependencia indica que cuando una empresa con programa IMMEX tenga contratado a terceros para que les presten alguna actividad de servicios en los términos del decreto IMMEX, no será necesario presentar el acuse de actualización que dichas compañías entregan.

Respecto a la información que las empresas con Programa IMMEX deberán presentar al Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), la dependencia agrega una regla relativa a los requisitos que dichas compañías tendrán que entregar.

De esta forma, las empresas que hayan obtenido su Programa IMMEX entre el 13 de noviembre de 2006 y el 30 de marzo de 2007 deben presentar su información a partir del tercer mes de 2007.

Asimismo, las compañías que obtuvieron su Programa IMMEX a partir del 2 de abril de 2007, deben presentar sus datos a partir del mes en que fue autorizado su programa.

Aclara que las organizaciones que al 13 de noviembre de 2006 hubieran contado con un Programa Maquila o el Programa de Importación Temporal para Producir Artículos de Exportación (PITEX) y que venían reportando información al INEGI, deben presentar la información a partir de enero de 2007.

A su vez, añade, las empresas que al 13 de noviembre pasado hubieran contado con un Programa Maquila o PITEX, que no reportaban dicha información al INEGI, deben presentarla a partir del mes de marzo de 2007.

En estos dos últimos casos, refiere la SE, las compañías tendrán que presentar la información independientemente que a la entrada en vigor del ordenamiento se les haya o no asignado número de Programa IMMEX.

Una regla adicional tiene que ver con las empresas que adeuden información al INEGI, quienes tendrán como plazo para ello el último día hábil de septiembre de 2007.

Para tal efecto, agrega, la SE publicará en la página de internet (www.siicex.gob.mx) los listados de las empresas que deberán entregar su información.

La dependencia indica que las constancias de registro del programa de Empresas Altamente Exportadoras estarán vigentes a partir de su notificación.

En caso de que los titulares no presenten los reportes correspondientes a más tardar el último día hábil de septiembre de 2007 se tendrá por cancelada la constancia correspondiente, agrega.

Esta modificación al acuerdo, que incluye solicitud de permiso de importación o exportación y de modificaciones, y otros anexos para su llenado, entrará en vigor este 4 de septiembre.

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