Debe cumplirse rotulado de productos (en Ecuador)

- martes, 28 de agosto de 2007 -

Elmercurio.com.ec
28 de agosto de 2007.

Ecuador.

CUENCA.- De los controles que ha realizado la Delegación Regional del Instituto Nacional de Normalización (Inen), del Azuay, no se está cumpliendo en algunos productos con el reglamento técnico del rotulado y etiquetado.

A parte del reglamento general del rotulado, también existen reglamentos específicos para cada producto, por ejemplo: calzado; cilindros de gas; artefactos de uso doméstico; cal y cementos; textiles, prendas de vestir, calzado y accesorios.


Sobre este último, es decir, el Reglamento Técnico Ecuatoriano (RTE) para el etiquetado y rotulado de textiles, prendas de vestir, calzado y accesorios afines, sean de fabricación nacional o importados, que se comercialicen en el país, entró en vigencia desde el 18 abril de 2007. El propósito es proteger la vida y la salud de las personas, para prevenir prácticas que puedan inducir a error a los consumidores y proteger el medio ambiente.

Además, porque es necesario garantizar que la información suministrada a los consumidores sea clara, concisa, veraz y verificable.

Por solicitud de una Asociación de Calzado de la parte norte del país, el Inen realizó a nivel de país la verificación del rotulado, pero al menos en Cuenca, en los seis locales comerciales visitados en días pasados, se observó que no están cumpliendo.

Falta difusión

Lucía Cabrera, delegada regional del Inen, señaló que esto también obedece a la falta de conocimiento de dicho reglamento.

Con relación al control realizado, el Instituto envió el informe a la matriz y ésta deberá enviar al Intendente de Policía del Azuay para que proceda con el cobro de multas.

Por la falta de personal y la falta del reglamento de la Ley de Calidad no se puede actuar de manera periódica.
El comerciante debe exigir al fabricante el cumplimiento de este rotulado.

En meses pasados también se hicieron controles al rotulado de electrodomésticos y también aquellos productos de origen asiático y muchos no cumplían, anotó la funcionaria.

Alcance

Este reglamento establece los requisitos que debe cumplir el etiquetado y rotulado que se aplica a todos los productos textiles, prendas de vestir, calzado y accesorios afines, incluyendo también a la ropa para el hogar (sábanas, cobijas, cubrecamas, manteles, toallas, cortinas y similares), cinturones, maletería y sombrerería; se excluye al calzado de juguete.

Las etiquetas técnicas y de marca deben estar adheridas o cosidas a la prenda en un sitio que facilite su rápida observación. La información de la etiqueta técnica y la de marca puede ser unificada en una sola etiqueta.

Etiqueta de marca, es la que indica la marca comercial, y la etiqueta técnica es la que indica las características técnicas del producto.

REQUISITOS

Etiquetado de calzado

La etiqueta técnica debe contener la siguiente información:
a) Indicación de la talla (números enteros, tamaño de los caracteres mínimo de 3 milímetros).
b) Identificar los materiales de las cuatro partes que componen el calzado (la capellada, el forro, la plantilla y la firme o suela) de acuerdo con los pictogramas e indicaciones textuales del anexo A del reglamento.
c) País de origen, \"Hecho en...\"; \"Fabricado en...\"; Industria...\"
d) Identificación del fabricante, importador y/o distribuidor.

Etiquetado de las prendas de vestir, ropa de hogar y accesorios afines.

La etiqueta técnica debe contener la siguiente información:

a) Número de talla, donde aplique.
b) Porcentaje de fibras y/o materiales utilizados,
c) Razón social del fabricante y/o importador,
d) País de origen,
e) Instrucciones de manejo y conservación, según anexos A de la NTE INEN 1 875

La etiqueta de marca no solo en calzado y textiles, sino en todos los productos, debe contener la siguiente información:
a) Marca comercial, y/o
b) Logotipo .

La mayoría de estos requisitos también están inscritos en el Reglamento Técnico Ecuatoriano (RTE) para el rotulado de todos los productos. (LCP)

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